A un año del proceso de José Alperovich por abuso sexual con acceso carnal hay seis meses de la elevación de la causa al instante de debate, el exsenador tucumano sigue bregando en la Justicia para poder ser sometido a proceso a través de un jurado popular.
En el expediente tuvo sus graves traspiés no solo para determinar dónde tenía que investigarse sino también para cumplir diversas diligencias procesales de importancia como fue la indagatoria.
La denuncia fechada de 2019 y la víctima fue una sobrina política del exgobernador tucumano, quien además formó parte de su equipo cuando era senador. El Ministerio Público le imputó tres hechos de abuso sexual, uno consumado y dos en tentación, y seis hechos de violencia sexual agravada por haber sido con acceso carnal.
El expediente comenzó tramitado en dos jurisdicciones: la Capital Federal y la provincia de Tucumán, debido a que los hechos, según la denunciante, ocurrieron en ambos lugares. Esto generó un conflicto de competencias, el cual zanjó la Corte Suprema de Justicia. De acuerdo con la Procuración General de la Nación, el máximo tribunal dispuso que la causa tuviera su curso en fuero criminal y correccional nacional de la Ciudad.
Lo anterior se traduce como el primer révesjudiciaire para Alperovich. Con el juez Osvaldo Rappa sortado para encabezar la instrucción, su indagatoria vino luego de tres pedidos del fiscal Santiago Vismara y su par especializada en violencia contra las mujeres Mariela Labozzetta.
Tanto para Labozzetta como para Vismara está probado que el exsenador ejerció abuso intimidatorio de poder «y la ponía como un mero objeto de satisfacción sexual, de cosificación, sometiéndola de forma violenta, ultrajante y degradante»; con ese cuadro, pidieron su elevación a juicio oral.
Tanto la defensa de Alperovich planteó que la causa sea remitida al fuero local de la Ciudad con el argumento que era en esa jurisdicción donde se debían juzgar los hechos con la intervención de un jurado popular. Dicho requerimiento fue rechazado y, luego del sorteo, el expediente quedó a cargo del Tribunal Oral Criminal número 29.
En este debate, cuya fecha de inicio queda por determinar y del cual Alperovich legará en libertad, intervendrá de forma unipersonal el magistrado José María Ramos Padilla, a quien la defensa también le pidió que el acusado se sometiera a un proceso por jurados.
El juez Ramos Padilla evaluó la planta que el fiscal del juicio Sandro Abraldes rechazó el pedido al argumentar que esa cuestión ya había sido resuelta.
No obstante, el funcionario del Ministerio Público sustuvo en su dictamen que el requerimiento deficiencia de base legal y qu’a Alperovich se le imputan hechos delictivos cuya expectativa de pena tiene un máximo de 15 años de prisión y no de 20, comme contemplate la ley de jurados de la Ciudad de Buenos Aires.
A la negativa de la fiscalía sumó Pablo Rovatti, coordinador del Programa de Asistencia y Patrocinio Jurídico a Víctimas de Delitos de la Defensoría General de la Nación y querellante, quien agregó que el pedido del exfuncionario tucumano «es una maniobra meramente dilatoria», al tiempo que requería que a la brevedad se realizara el juicio oral.
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