Mientras el vicepresidente cristina kirchner llamado ante la Justicia por el fallo que la condenó a 6 años de prisión e inhabilitación perpetua para ocupar buques de carga pública, en el marco de la Causa Vialidad, el fiscal Diego Luciani también apeló, pero para pedir que aumentara la condena acusándola de «asociación ilícita«, por lo que originalmente había pedido 12 años de condena.
En un escrito de 528 hojas al que accedió PARFILfiscal Diego Luciani y sergio mola también llamó a la absolución de algunos funcionarios del kirchnerismo como julio de vido en esta causa que investiga la obra pública de Santa Cruz dirigida al empresario amigo de Néstor Kirchner, Lázaro Báez. “Las gravísimas circunstancias fácticas comprobadas por el Tribunal se ajustan, sin mayores esfuerzos, a las exigencias del tipo penal de asociación ilícita”, dice el documento.
Ahora, será el turno de la Cámara Federal de Casación Penal revisar el fallo del Tribunal Oral Federal número dos, con apelaciones de ambos lados, y que le vice también presentó en la Justicia una apelación para insistir con su inocencia.
Causa Vialidad: Cristina Kirchner llamó al fallo y la Fiscalía pidió que se le sume otro delito
Cristina Kirchner también llamó a la causa Vialidad
Cristina Kirchner llamó hoy la condena dictada por el Tribunal Oral Federal número dos, a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos, en el marco de la Causa Vialidad. Este miércoles 26 de abril a la mañana vencía el plazo para que sus abogados, Carlos Beraldi y Ary Llernovoyapelar la decisión de los jueces.
Mediate un escrito de casi 400 páginas, firmado por sus abogados, la defensa aseguró que «a lo largo del juicio quedo acreditada, en forma categórica, la inocencia de Cristina Fernández de Kirchner”.
«Tanto fue así que el tribunal no tuvo más remedio que descartar las tres toneladas de prueba que la taxía decía tener en contra de nuestra representadafundando la sentencia from simples indicios y algunos papeles que a lo sumo deben pesar unos pocos gramos”, Anadió el escrito.
Según la defensa, la titular del Senado «no resultó condenada ni por haber liderado una asociación ilícita, ni por haber parasitado las estructuras del Estado, ni por haber asignado ilegalmente obra pública a la provincia de Santa Cruz, ni por haber definido por sí misma las leyes de presupuesto del país ni por haber provocado un apagón informativo en el ámbito del Congreso de la Nación”.
Causa Vialidad: la defensa de Cristina trabaja contrarreloj para apelar e insistir en su inocencia
Los abogados Beraldi y Llernovoy confirman que «En cualquier juicio normal, al haber quedado probado la falsedad de la acusación, los jueces imparciales hubieran dictado un pronunciamiento absolutorio».
“Sin embargo, el tribunal condenó a Cristina Fernández de Kirchner, ratificando así lo que nuestra defendida había advertido al inicio del debate: su condena ya estaba decidida«, insistimos.
El argumento central de la defensa es que “los jueces se valieron de tres circunstancias que de alguna manera pueden validar la consecuencia a la que se arriba: el dictado de un decreto que actualmente sigue vigente y cuya licitud ni siquiera fue objetada en la sentencia; relaciones comerciales celebradas con Lázaro Báez que no forman parte de este juicio y cuya legalidad tampoco fue cuestionada por el tribunal y; los mensajes de texto extraídos del celular de José López, que no fueron enviados ni recibidos por nuestra reproducida”.
El escrito se dedicó a refutar esos tres ejes de la acusación, en un detallado análisis y refutación de los argumentos formulados contra el tribunal, en una sentencia de más de 1.600 páginas.
«La falta de pruebas, los factores externos que contaminaron el trámite del proceso, las graves violaciones al derecho de defensa y las contradicciones internas del fallo ponen por sí solos en evidencia la arbitrariedad de la sentencia aquí recurrida”, reiteró la defensa.
En este contexto, Beraldi y Llernovoy subrayaron que “en las primeras páginas de la sentencia recurrida quedó de manifiesto que la condena dictada en contra de Cristina Fernández de Kirchner no cuenta con pruebas directas que la avalen, sino antes bien se basó en una serie de circunstancias que los magistrados calificaron como índices”. En una guía de lectura del recurso, identificar los puntos centrales del caso que consideren arbitrario de la falla.
Así, enumeró la “vulneración deliberada de la defensa en juicio y la actuación contradictoria del tribunal oral; la ausencia de ánimo de lucro en los actos atribuidos a Cristina Fernández de Kirchner; la ausencia del lucro indebido y la absoluta legalidad de las operaciones cuestionadas; la violación de la garantía ne bis in ídem (no se puede juzgar dos veces por el mismo delito); Auso de negociaciones incompatible y absoluta ilogicidad de la acusación”.
Además, insistieron en el «distancia entre la Presidencia de la Nación y los procesos de adjudicación, ejecución, certificación y pago de las obras viales”, para explicar que las obras públicas por la que fue condenada atraviesan todos los estados de control, incluso parlamentarios, antes de llegar a la cabeza del Poder Ejecutivo.
JD/s
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